¿En qué consiste la incapacidad judicial de una persona?

A modo general y orientativo, vamos a explicar en qué consiste la incapacidad judicial de una persona. Lo primero de todo diferenciar los conceptos de capacidad jurídica y capacidad de obrar. La capacidad jurídica la poseen todas las personas independientemente de su edad, estado civil y de su estado de salud. Comporta la capacidad de ser titular de derechos y obligaciones (por ejemplo, ser propietario de una vivienda o tener patrimonio). Por otro lado, la capacidad de obrar es la posibilidad de ejercer o poner en práctica los derechos y las obligaciones (por ejemplo, vender tu vivienda o disponer de tu patrimonio). En definitiva, la capacidad jurídica no se pierde nunca, en cambio la capacidad de obrar se puede perder total o parcialmente, según las circunstancias que sufra la persona.

Según el Código Civil Español, son causas de incapacitación las enfermedades o deficiencias persistentes de carácter físico o psíquico que impidan a la persona gobernarse por sí misma.

Por tanto, en el ámbito en el que nos encontramos, el daño cerebral sobrevenido, puede ser un mecanismo jurídico a tener en cuenta para aquellas personas que se encuentran en una situación en el que su capacidad de obrar se ha visto seriamente afectada.

El proceso de incapacidad judicial tiene como finalidad la protección de los intereses y derechos del incapacitado, tanto a nivel personal como patrimonial. Por otra parte, solo un Juez puede, mediante sentencia, declarar incapaz a una persona.

La declaración la puede iniciar uno mismo, el cónyuge o la pareja de hecho, los ascendientes y los descendientes y/o hermanos, el Ministerio Fiscal, autoridades y funcionarios públicos. En algunos casos es necesario abogado y procurador.

La demanda se entrega en el juzgado correspondiente al domicilio del presunto incapaz. Una vez, recibida, el juzgado la remite a la persona presuntamente incapaz con el fin de que pueda comparecer en el proceso con su propia defensa y representación. Si no, será defendido por el Ministerio Fiscal o defensor judicial, según casos. Generalmente, previo al juicio se llevan a cabo pruebas, como la exploración judicial y médico-forense del presunto incapaz. En el juicio se procede a la audiencia de los parientes más próximos.

Finalmente, se establece la sentencia que acuerda si se incapacita o no a la persona. En caso de que así sea, se determina si se reconoce parcial o totalmente, así como el nombramiento de la persona o personas que van a ser los tutores legales y de sus obligaciones (procurarle alimentos, procurarle una formación integral, informar al Juez anualmente sobre la situación del incapacitado y rendirle cuenta de su administración). No obstante, si la persona mejora o empeora se puede volver a iniciar el proceso para dejar sin efecto o modificar el alcance de la incapacitación.

Para cualquier consulta no dudes en contactar con los trabajadores sociales de cualquier de nuestros centros de daño cerebral. Aunque para profundizar en este tema te recomendamos que hables con un abogado o solicites más información en tu juzgado.

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